El análisis que nadie menciona: cómo las empresas usan el preocupacional para discriminar por VIH

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Las empresas tienen un problema con los cuerpos que no encajan en su hoja de cálculo. Y pocas situaciones lo muestran con tanta claridad como lo que pasa en los exámenes preocupacionales.
El mecanismo es simple: entre los análisis de rutina que se piden antes de ingresar a un trabajo, algunas empresas incluyen el test de VIH. Sin decirlo. Sin pedir consentimiento. Aprovechando que nadie en esa situación —necesitando el laburo, con la presión encima— va a levantar la mano para preguntar qué exactamente le están sacando del brazo.

Después viene el silencio. El “no apto” genérico. El llamado que no llega. La excusa de que “el perfil cambió”. Y la persona con VIH se queda afuera del trabajo formal, sin que nadie haya puesto por escrito la razón real.

Lo que las corporaciones no quieren entender

Para muchas áreas de recursos humanos, un empleado con VIH todavía se traduce en un número rojo: prepaga más cara, ausentismo, “riesgo”. Es una lógica del siglo pasado aplicada con total impunidad en el presente.

La evidencia médica lleva años desmontando ese argumento. El VIH hoy es una condición crónica manejable. Con tratamiento y adherencia, las personas con VIH alcanzan carga viral indetectable, lo que significa que es intransmisible. El principio I=I —Indetectable es Igual a Intransmisible— no es un eslogan activista: es el consenso científico internacional. No hay impedimento físico real para desarrollar casi cualquier tarea laboral. Lo que hay es un prejuicio que las empresas eligen mantener porque nadie los obliga a soltar.

Lo que dice la ley

La Ley 23.798 y su decreto reglamentario, junto con la Ley 27.675 de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS, son claras: está prohibido pedir, ofrecer o realizar el test de VIH en exámenes preocupacionales, en controles periódicos durante la relación laboral, o en cualquier otra instancia del empleo.

El diagnóstico es confidencial. Punto.

Y si una persona sospecha que fue discriminada por su diagnóstico —que la descartaron, que la echaron, que le negaron un ascenso por eso—, no es ella quien tiene que demostrarlo ante un juez. La carga de la prueba se invierte: es la empresa la que debe justificar que el motivo fue otro. La ley pone el peso donde corresponde.

Quiénes pagan el precio más alto

Este mecanismo no afecta a todos por igual. El “pinchazo fantasma” —ese análisis que nadie menciona pero que define el resultado— funciona como una barrera especialmente cruel para quienes ya tienen menos margen de error.

Para maricas y HSH, reactiva la ansiedad y el trauma asociado al estigma histórico del VIH. Para las personas en situación de trabajo sexual, refuerza el empuje hacia la informalidad y la precariedad. Para las personas trans y travestis, se suma a todos los otros muros que ya enfrentan en el mercado laboral formal, violando además su derecho a la identidad garantizado por la Ley de Identidad de Género.

La serofobia en el trabajo no es un problema abstracto. Es el motivo concreto por el que personas calificadas se quedan afuera, por el que carreras se truncan antes de empezar, por el que la pobreza y la exclusión se concentran siempre en los mismos cuerpos.

Qué podés hacer

Si estás en un proceso de selección y sospechás que te testearon sin consentimiento, podés consultar con el INADI, con organizaciones como Nexo Asociación Civil, la Fundación Huésped o el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). La denuncia es posible y la ley está de tu lado.

Que sea ilegal no alcanza si no se denuncia. Y que sea denunciable no alcanza si nadie lo sabe.

Por eso se habla. Por eso se escribe.

Fabian S.
Fabian S.
CEO y fundador de cordobagay.com. Me interesa todo lo relacionado a recursos humanos, el turismo y el marketing digital. Soy Consultor de Social Media con experiencia en diversas plataformas de comunicación digital. Consultor / asesor en proyectos apuntados al segmento LGTBIQA+

1 COMENTARIO

  1. Algunas recomendaciones extra: sacar foto al consentimiento informado que debería firmarse antes de un test de VIH para tener prueba al momento de la denuncia de su realización en el marco de un preocupación, así como declaración jurada que pida esa información (negando absolutamente el diagnóstico por la confidencialidad que tenemos garantizada por ley). Se puede denunciar tanto a la empresa como al laboratorio que lo realiza sobre el cual la empresa terciariza un servicio. Esta denuncia puede hacerse en la Secretaria (ex Ministerio) de Trabajo de la Provincia (Rivadavia 646). En un taller que hicimos organizaciones sociales con la misma secretaría de trabajo y con la presencia de Sereno mismo, había cierto consenso en tomar estas denuncias y accionar pero como no se suele denunciar, no tienen un registro ni datos, dicen.
    Las fotos y cualquier prueba aporta para demostrar que se violó la ley aunque, como bien dice la nota, es la empresa la que debe demostrarlo. Eso, en la ley misma, está más explícito para caso de despido por VIH (se presume, salvo prueba de lo contrario, que el despido es por discriminación, dice la ley parafraséandola). Cualquier cosa, duda o lo que fuese, pueden escribirnos a Act-Up Córdoba que podemos dar una mano en el proceso, acompañar y demás.

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