La Corte Suprema del Caribe Oriental declaró inconstitucionales los artículos 132 y 133 del Código Penal de Santa Lucía, que prohibían la actividad sexual entre personas del mismo sexo con penas de hasta 10 años de prisión. La decisión marca un avance significativo en los derechos LGBTQ+ de la región.
Estos preceptos, conocidos como leyes de “sodomía” e “indecencia grave”, habían permanecido en los códigos desde la época colonial británica, aunque raramente se aplicaban. Activistas y organizaciones como Raise Your Voice St. Lucia y Human Dignity Trust argumentaron que su mera existencia generaba estigma, discriminación y miedo entre la comunidad LGBTQ+. La Corte concluyó que violaban derechos constitucionales como la privacidad, la libertad y la igualdadEste fallo sitúa a Santa Lucía junto a Antigua y Barbuda, Barbados, San Cristóbal y Nieves y Dominica, como países que han eliminado legislaciones similares en los últimos tres años. Aún quedan cinco países en la región que mantienen esas prohibiciones: Jamaica, Granada, Guyana, San Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago

Desde OutRight International se destacó que esta decisión “derriba un legado colonial de discriminación y reafirma los derechos fundamentales de las personas LGBTQ+ en el Caribe”
Este fallo representa una luz de esperanza en una región donde aún persisten leyes represivas y estigmatizantes. Para activistas y defensores de derechos humanos, es un llamado a profundizar las reformas y asegurar igualdad real para todos.